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Para la celebración de un matrimonio en el Consulado de Bolivia se
necesita lo siguiente:
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Certificado de
nacimiento, original con sello seco de cada uno de los cónyuges.
(sí uno de los contrayentes es extranjero, el certificado debe
estar legalizado)
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Declaración jurada (se necesitan dos testigos)
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Dos testigos para la celebración y firma de acta
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Original y fotocopia de los pasaportes de los contrayentes y los
testigos.
Costos
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Celebración de Matrimonio:
73 EUROS
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Libreta familiar:
15 EUROS
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Certificado de matrimonio:
15 EUROS
NACIMIENTOS
(4,30 EUROS)
LA
LEY 2616 SOBRE INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTOS
Esta Ley del 18 de diciembre de 2003 amplía el tiempo de inscripción
de nacimientos hasta los doce años. Es decir, cualquier niño de
padres bolivianos que haya nacido en el extranjero, puede ser
inscripto en nuestro consulado hasta sus 12 años de edad.
La inscripción del
nacimiento de un niño/a en el Consulado de Bolivia debe hacerse
antes de que el niño/a cumpla los 12 años. Es OBLIGATORIO que se
presenten los padres con DOS testigos. Y que además traigan los
siguientes documentos:
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certificado literal de nacimiento del menor (original)
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pasaporte original de los padres
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fotocopia del pasaporte de los padres
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pasaporte original de los testigos
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fotocopia del pasaporte de los testigos
DEFUNCIÓN
(8 EUROS)
Para la inscripción de una defunción se debe traer el certificado
literal de defunción. Para que el trámite surta efectos legales en
Bolivia debe legalizar el Certificado de defunción en las siguientes
instancias:
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Ministerio de Justicia. C/ San Bernardo, Nº 45, entrada por la C/
Manzana Nº 2, 28071, Madrid. Teléfonos: 91 390.20.10 / 11
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Ministerio de Asuntos Exteriores C/ General Pardiñas Nº 55 – Piso
bajo, 28071, Madrid. Teléfono: 91 379.16.10/06/09 Fax: 91
577.67.25
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Consulado de Bolivia
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