REAGRUPACIONES FAMILIARES

El régimen vigente del derecho al reagrupamiento familiar en el Derecho español se contiene en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, reformada parcialmente por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre de 2000, así como en el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, y en la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre.
Se trata de la renovación de la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar que podrán obtener los familiares reagrupados. Se habla de reagrupamiento familiar cuando se reúnen, con una persona residente en un país del que no es nacional, los miembros más próximos de su familia residentes en un país distinto, en condiciones más favorables que los demás extranjeros.
1. REQUISITOS
2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR.
3. INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTO